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Nuevo dictamen contra la Ley de Caducidad.


Fiscal de Corte. Se pronunció por la inconstitucionalidad

Avaló excepción promovida en causa por 20 homicidios entre 1973 y 1976.
Mauricio Pérez |


Doctor Rafael Ubiría. Similares argumentos utilizó en el caso Sabalsagaray. El fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, Rafael Ubiría, volvió a pronunciarse por la inconstitucionalidad de la Ley Nº 15.848, "Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado", en un nuevo expediente judicial por el cual se indagan graves violaciones a los derechos humanos durante el último proceso cívico-militar.

El máximo representante del Ministerio Público avaló la excepción promovida por la fiscal Ana María Tellechea en la causa caratulada "Organizaciones de Derechos Humanos" Ficha 2-21986/2006, por la cual se indagan 20 homicidios perpetrados en Uruguay entre 1973 y 1976, y abogó por la inconstitucionalidad de la norma, indicaron fuentes judiciales a LA REPUBLICA.

El dictamen, emitido la semana pasada y ya remitido a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) para su resolución definitiva, reitera los argumentos esgrimidos por la Fiscalía de Corte en la excepción de inconstitucionalidad impetrada en el caso de la militante de la UJC, Nibia Sabalsagaray.

En dicho expediente, el fiscal Ubiría consideró que la Ley de Caducidad violenta diversos artículos de la Constitución de la República (entre ellos el principio de separación de poderes) y se contrapone a normas del derecho internacional aprobadas por el Estado uruguayo, entre ellas la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Carta de la Organización de los Estados Americanos.

Sin embargo, el fiscal de Corte dejó asentado en el dictamen su interpretación jurídica sobre la ausencia de legitimidad activa de los fiscales penales para impulsar acciones de inconstitucionalidad contra las normas vigentes, tal cual lo hiciera en el caso Sabalsagaray. "El fiscal de Corte estima que los fiscales penales no pueden interponer acciones de inconstitucionalidad, pero el tema ya fue laudado por la SCJ en el caso Sabalsagaray, por lo cual resolvió dejar asentado su postura, pero pronunciándose sobre el fondo, es decir, la inconstitucionalidad de la Ley Nº 15.848", explicaron las fuentes.

El pasado 14 de diciembre de 2009 la fiscal Ana María Tellechea interpuso dos excepciones de inconstitucionalidad contra la Ley de Caducidad, en causas vinculadas con el expediente judicial por el cual fue recientemente condenado el ex dictador Juan María Bordaberry por "Atentado a la Constitución", nueve "homicidios políticos" y dos delitos de "desaparición forzada".

Tellechea promovió las acciones en la causa "Organizaciones de Derechos Humanos" y en el caso "Fusilados de Soca", causa en la cual aún no existe pronunciamiento de la Fiscalía de Corte. Sin embargo, "la opinión del fiscal de Corte no cambiará y volverá a pregonar por declarar la inconstitucionalidad de la norma, también en esta causa", agregaron las fuentes. El pronunciamiento de la Fiscalía de Corte no es vinculante para los ministros de la Corte.

La excepciones de inconstitucionalidad presentadas por la fiscal Tellechea fueron impulsadas en el entendido que "la indagatoria que hasta el presente se ha realizado nos lleva a la conclusión de que eventualmente existirían sujetos implicados en los hechos que no se encuentran comprendidos en la ley a los que, de estimarse probada la comisión de los delitos, podrían atribuírseles las responsabilidades penales (solamente nos referimos a los sujetos civiles)", como informara oportunamente LA REPUBLICA.



LOS 20 CASOS COMPRENDIDOS
El dictamen del fiscal de Corte y Procurador General de la Nación, Rafael Ubiría, refiere a la causa caratulada "Organizaciones de DDHH", anexada al expediente madre contra el ex dictador Juan María Bordaberry, en la cual se investigan 20 homicidios perpetrados entre el 27 de junio de 1973 y el 12 de junio de 1976.

La excepción de inconstitucionalidad promovida por la fiscal Ana María Tellechea solicita excluir el homicidio de 19 personas del amparo de la Ley de Caducidad. En este sentido, la Fiscalía solicitó excluir los crímenes de: Ivo Fernández Nieves, Eduardo Mondello, Hugo Pereyra Cunha, Walter Hugo Arteche, Gerardo Alter, Iván Morales Generalli, Amelia Lavagna de Tizze, Carlos María Curuchaga, Carlos María Argenta, Julián Basilicio López, Nicanor Lerena, Oscar Bonifacio Olivera, Humberto Pascaretta, Silvina del Carmen Saldaña, Gilberto Coghlan, Aldo Perrini, Pedro Ricardo Lerena, Oscar Fernández Mendieta y Nuble Donato Yic.

Sin embargo, la fiscal Tellechea no incluyó en su pedido la muerte por torturas del estudiante de Agronomía Hugo Leonardo de los Santos Mendoza, ante la clausura de las actuaciones presumariales dispuesta oportunamente a pedido de la fiscal Dora Domenech. De los Santos murió en setiembre de 1973 en el Regimiento de Caballería Nº 6, y el expediente investigaba al ex dictador Gregorio "Goyo" Alvarez, el capitán Lawrie Rodríguez y el coronel Victorino Vázquez, por lo cual la indagatoria en este caso se circunscribirá únicamente sobre los mandos civiles.

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